28 de mayo de 2016

PALMA ARENA – PIEZA 18 (VIDEOMARCADOR)


Los hechos que se investigan son los siguientes:

En agosto de 2006, el Govern convocó un concurso internacional para dotar de un videomarcador al futuro velódromo Palma Arena. La instalación tenía que costar unos dos millones de euros, aunque luego se incrementó en otros trescientos mil.

Sin embargo en junio (dos meses antes), Miguel Romero, dueño de Nimbus (agencia de publicidad próxima al PP, que llevó sus campañas electorales de 2003 y 2007), envió un mensaje a su cuñado Arroyo en el que ya daba por hecha la adjudicación del contrato a favor de una empresa de la cual éste último era directivo, Smartvisión (que luego sería absorbida por Odeco France).

Según el juez instructor, el concurso se amañó a favor de dicha empresa.

A cambio, Arroyo entregó, a través de Odeco, ciento cincuenta mil euros a Nimbus en forma de publicidad para el campeonato Mundial de Ciclismo en Pista que se celebró en mayo de 2007 en el velódromo Palma Arena. 

Por estos hechos están imputados, además de Romero y Arroyo, el ex director general de deportes del Govern en 2006, José Luis (Pepote) Ballester, el ex concejal del Ayuntamiento de Palma Rafael Durán (PP), presidente del consorcio público para la construcción del Palma Arena; Jorge Moisés, exgerente del velódromo; y el técnico S. R., que no podía autorizar gastos suplementarios fuera del concurso (los trescientos mil euros adicionales).

Fuente: Felipe Armendáriz, Diario de Mallorca (diariodemallorca.es) 26.5.2016 

El juez de Instrucción número 3 de Palma ha dictado el auto de pase a procedimiento abreviado (finalización de la instrucción) de la pieza separada número 18 del caso Palma Arena, que investiga la contratación del videomarcador del velódromo.
Continúa el procedimiento contra siete personas, por los delitos de fraude a la administración y malversación de fondos públicos. La adjudicación del videomarcador se realizó por un importe de 1.992.200 euros, a los que se añadió una factura de 111.860, que fue abonada posteriormente en tres pagos.
Insta a las acusaciones a formular sus escritos solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa. El auto no es firme y puede ser recurrido.
Fuente: Comunicación Poder Judicial 25 de mayo de 2016