30 de mayo de 2016

CASO ADMISIÓN DE ALUMNOS EN UN COLEGIO DE PALMA

La Audiencia Provincial de Balears ha dictado un auto en el que ordena a un Juzgado de Instrucción de Palma que investigue los certificados médicos aportados para el proceso de admisión de alumnos de un colegio de la ciudad. La Sección Segunda revoca la decisión del Juzgado de archivar el procedimiento.
La sala acuerda estimar el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular, que representa al padre de una menor que optaba a una plaza en dicho centro escolar. Considera que la investigación archivada no está conclusa y que deben investigarse los certificados médicos aportados por varios solicitantes de plaza, por si pudieran incurrir en un delito de falsedad.
La Audiencia mantiene el sobreseimiento respecto del delito de prevaricación administración en el proceso de admisión, respecto del cual, afirma, no existe fundamento ninguno.
El Juzgado de Instrucción número 9 de Palma había justificado el archivo en que las posibles irregularidades que hubieran podido producirse en el expediente de admisión, en referencia a la validez de los certificados médicos, deben depurarse por la vía administrativa.
La Audiencia considera sin embargo que el apelante ya ha recurrido a dicha vía, y la administración se ha limitado a comprobar la regularidad de proceso de selección, y dentro de esta regularidad a verificar el proceso de puntuación de las solicitudes en base al contenido de los certificados médicos, sin comprobar ni verificar dicho contenido.
El auto destaca que llama la atención que algunos certificados médicos no habían sido emitidos por médicos especialistas y que otros provenían de médicos radicados en otras islas o en otra comunidad autónoma.
Fuente: Comunicación Poder Judicial 23 mayo 2016
La cruzada de Manel contra el fraude en escolarización.
Este padre ha logrado que la Audiencia investigue la admisión en un colegio.
Denuncia la tolerancia hacia las trampas.
Este progenitor encontró que dos familias aportaron certificados firmados por una médica de cirugía estética.
Mar Ferragut, Diario de Mallorca (diariodemallorca.es) 28.6.2016
         En el texto de la noticia se explica que al acceder al expediente Manel se encontró con que diecisiete alumnos habían puntuado más por tener una enfermedad, cuando según la ratio estadística lo normal hubiera sido no más de dos alumnos en ese grupo. Además de los citados, también encontró un certificado de un niño firmado por una ginecóloga. Otros tres niños habían puntuado por dolencias que no están en el listado de educación. 
         El denunciante ha facilitado este correo para ayudar a los padres que quieran revisar los expedientes "para guiarles sobre cómo detectar fraudes y cómo denunciar": reclamacionesescolarizacion@gmail.com

28 de mayo de 2016

PALMA ARENA – PIEZA 18 (VIDEOMARCADOR)


Los hechos que se investigan son los siguientes:

En agosto de 2006, el Govern convocó un concurso internacional para dotar de un videomarcador al futuro velódromo Palma Arena. La instalación tenía que costar unos dos millones de euros, aunque luego se incrementó en otros trescientos mil.

Sin embargo en junio (dos meses antes), Miguel Romero, dueño de Nimbus (agencia de publicidad próxima al PP, que llevó sus campañas electorales de 2003 y 2007), envió un mensaje a su cuñado Arroyo en el que ya daba por hecha la adjudicación del contrato a favor de una empresa de la cual éste último era directivo, Smartvisión (que luego sería absorbida por Odeco France).

Según el juez instructor, el concurso se amañó a favor de dicha empresa.

A cambio, Arroyo entregó, a través de Odeco, ciento cincuenta mil euros a Nimbus en forma de publicidad para el campeonato Mundial de Ciclismo en Pista que se celebró en mayo de 2007 en el velódromo Palma Arena. 

Por estos hechos están imputados, además de Romero y Arroyo, el ex director general de deportes del Govern en 2006, José Luis (Pepote) Ballester, el ex concejal del Ayuntamiento de Palma Rafael Durán (PP), presidente del consorcio público para la construcción del Palma Arena; Jorge Moisés, exgerente del velódromo; y el técnico S. R., que no podía autorizar gastos suplementarios fuera del concurso (los trescientos mil euros adicionales).

Fuente: Felipe Armendáriz, Diario de Mallorca (diariodemallorca.es) 26.5.2016 

El juez de Instrucción número 3 de Palma ha dictado el auto de pase a procedimiento abreviado (finalización de la instrucción) de la pieza separada número 18 del caso Palma Arena, que investiga la contratación del videomarcador del velódromo.
Continúa el procedimiento contra siete personas, por los delitos de fraude a la administración y malversación de fondos públicos. La adjudicación del videomarcador se realizó por un importe de 1.992.200 euros, a los que se añadió una factura de 111.860, que fue abonada posteriormente en tres pagos.
Insta a las acusaciones a formular sus escritos solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa. El auto no es firme y puede ser recurrido.
Fuente: Comunicación Poder Judicial 25 de mayo de 2016





27 de mayo de 2016

Más de treinta cargos públicos siguen sin entregar su declaración de bienes al Govern.

La periodista Nekane Domblás denuncia  en el diario Última Hora de 24.5.2016 que diversos cargos tanto del equipo de José Ramón Bauzá como del Govern de Francina Armengol no han presentado la declaración de bienes a la que están obligados al ser nombrados y tras su cese. 

Dichas declaraciones constituyen un medio de control, pues la comparación entra la que se debe efectuar tras el nombramiento y la que corresponde realizar tras el cese permite observar si se ha producido un enriquecimiento anormal durante el mandato, si bien estas declaraciones se entregan al propio Govern, que es juez y parte, y hasta ahora han sido secretas, por lo que su efectividad es cuestionable. La situación puede cambiar si se llega a crear la Oficina de Lucha contra la Corrupción de las Illes Balears (actualmente en fase de proyecto de ley) con competencia para gestionar el Registro de declaraciones patrimoniales y de actividades y para comprobar e investigar  la justificación de las variaciones en forma de incremento del patrimonio de los cargos públicos, pues al tratarse de un órgano independiente del Govern el control ofrece más garantías.  

Mientras tanto se ha dado un paso positivo con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2016, por el que se aprueba el Código ético del Gobierno de las Illes Balears, pues su artículo 2.3 establece que dichas declaraciones serán publicadas en el Portal de Transparencia, lo cual permite el control por la propia ciudadanía y medios de comunicación social. 

Nekane Domblás se refiere a las declaraciones iniciales de siete cargos del actual Govern entre los que cita a la Secretaria general de Salut, Rosario Sánchez, la gerente del hospital de Son Espases, María Dolores Acón, y la subdirectora del Centre Balears Europa, Rosa Cañameras, y a las declaraciones finales de veintiséis cargos del equipo de José Ramón Bauzá, y dos cargos del Govern de Francina Armengol que han dejado el ejecutivo, el exconseller Joan Boned y el ex gerente de la Agencia Balear de Turismo, Miquel Àngel Roig. Entre los cargos del PP llama la atención el nombre de Antonia Perelló, que fue Directora de la Advocacia de la Comunitat y por tanto perfectamente conocedora de sus obligaciones, ahora diputada del PP, así como los exconsellers Martí Sansaloni y Núria Riera.  

25 de mayo de 2016

ATIB: Plan Anual de Control Tributario 2016

Se ha publicado en el BOIB de 24 de mayo de 2016 la Resolución de la Directora de la Agencia Tributaria de las Illes Balears por la que se publican las Directrices Generales del Plan Anual de Control Tributario 2016. 

El siguiente enlace les permite acceder al texto del BOIB:

http://www.caib.es/eboibfront/es/2016/10493/580570/resolucion-de-la-directora-de-la-agencia-tributari

17 de mayo de 2016

CÓDIGO ÉTICO DEL GOBIERNO DE LES ILLES BALEARS

El BOIB publica hoy el Código Ético del Gobierno de les Illes Balears.

Les ponemos a continuación el enlace al BOIB por si les interesa consultar el texto íntegro:

http://www.caib.es/eboibfront/es/2016/10490/580291/acuerdo-del-consejo-de-gobierno-de-13-de-mayo-de-2

12 de mayo de 2016

300 economistas de 30 países piden el fin de los paraísos fiscales en una carta enviada a los líderes mundiales

LA CARTA: 
A la atención de los y las líderes mundiales: 
Les urgimos a aprovechar la cumbre anticorrupción que se celebrará este mes en Londres para tomar medidas significativas para poner fin a la era de los paraísos fiscales. 
Los paraísos fiscales no aportan ningún valor al bienestar o la riqueza global, puesto que carecen de un propósito económico útil. Aunque, sin duda, estas jurisdicciones fiscales benefician a ciertas personas ricas y empresas multinacionales, tal beneficio se produce en perjuicio de otras personas y, por tanto, solo contribuye a agravar la desigualdad. 
Tal y como han revelado los papeles de Panamá y otros documentos filtrados, la opacidad que rodea a los paraísos fiscales alimenta la corrupción y socava la capacidad de los países para recaudar los impuestos que les corresponden. Aunque la evasión y elusión fiscal perjudica a todos los países, en proporción, los países pobres –que cada año pierden cerca de 170.000 millones de dólares en ingresos fiscales como consecuencia de estas prácticas– son los más perjudicados. 
Como economistas, tenemos opiniones muy distintas sobre cuáles son los tipos impositivos más convenientes, ya sean directos o indirectos, para las personas físicas o para las empresas. Sin embargo, coincidimos en que estos paraísos fiscales, que permiten ocultar activos mediante empresas pantalla o trasladar los beneficios de empresas que no operan en su territorio, distorsionan el funcionamiento de la economía global. Ocultando actividades ilícitas y posibilitando a personas ricas y grandes multinacionales operar bajo normas diferentes, los paraísos fiscales amenazan el Estado de derecho, un componente esencial para el éxito económico. 
Para acabar con la opacidad que rodea a los paraísos fiscales necesitamos nuevos acuerdos internacionales sobre importantes cuestiones como la elaboración de reportes país por país de acceso público, inclusive en el caso de los paraísos fiscales. Para acabar con estos, los Gobiernos deben empezar por sus propios países, asegurándose de que todos los territorios de los que son responsables creen registros públicos de los propietarios efectivos de todas las empresas y fondos Reino Unido, como anfitrión de esta cumbre y país soberano de territorios que acogen a más de un tercio de los paraísos fiscales del mundo, está en una posición única para liderar esta lucha. 
Poner fin a los paraísos fiscales no será una tarea fácil, puesto que existen poderosos intereses que se benefician de la actual statu quo. Como dijo el propio Adam Smith: “No es muy ilógico que los ricos contribuyan al gasto público, no solo en proporción a sus ingresos, sino en algo más que esa proporción”, y no existe argumento económico que justifique la continuidad de los paraísos fiscales, que contraponen dicha afirmación.
Listado de firmantes: 


9 de mayo de 2016

LOS ' PAPELES DE PANAMÁ` EN ILLES BALEARS

¿Qué son los Papeles de Panamá?
Es el nombre dado por los medios de comunicación a una filtración informativa de documentos confidenciales del bufete panameño Mossack Fonseca por parte de una fuente no identificada al periódico alemán Süddeutsche Zeitung. Abarcan desde 1977 hasta 2015 y reflejan como miles de personas ocultaron su patrimonio a través de sociedades en paraísos fiscales.
Fuentes: 
Diario de Mallorca (diario de mallorca.es) 5.4.2016
https://es.wikipedia.org/wiki/Panama_Papers

De acuerdo con el análisis del ICIJ, más de 500 bancos y sus filiales han registrado «empresas fantasma» a través de Mossack Fonseca. 
es.wikipedia.org/wiki/Panama_Papers#cite_note-48
https: //panamapapers.icij.org/

Así regularizaron los ´españoles de Panamá` gracias a la amnistía de Montoro.
La mayoría de los españoles que aparecen en los papeles de Panamá se acogió a la amnistía fiscal de 2012 y disolvió las sociedades, por lo que no sufrirán consecuencias.
http://www.elconfidencial.com/economia/papeles-panama/2016-04-08/la-mayoria-de-los-espanoles-de-los-papeles-de-panama-se-acogio-a-la-amnistia-fiscal_1179638/

Mossack Fonseca vendió empresas opacas a un bufete mallorquín.
El despacho Feliu, investigado en el transcurso de la operación Relámpago, ofrecía a sus clientes residentes y extranjeros anonimato total para ocultar capitales o hacer inversiones en la isla.
“Muchos de los clientes de Feliu usaron esas offshore para comprar en Mallorca chalés de lujo y profesiones y ocultar a Hacienda el beneficiariod de sus inversiones”.
Felipe Armendáriz, Diario de Mallorca (diariodemallorca.es) 8.4.2016

Meliá, Riu y Martinón, las tres hoteleras que figuran en los papeles de Panamá.
ultimahora.es 6.4.2016

Meliá y Riu aseguran tener su situación fiscal "regularizada" en Panamá y en España
elmundo.es/baleares 06/04/2016 19:40

Catorce sociedades vinculadas a Balears aparecen en los ´papeles de Panamá`.
Cinco empresas ´off-shore`son de capital chino y han sido constituidas en las islas Vírgenes y las Seychelles.
Las entidades están relacionadas con intermediarios que representan a decenas de sociedades interpuestas.
Ruiz Collado, Última Hora 11.5.2016

La familia de la exalcaldesa socialista Nájera figura en los papeles de Panamá.
El entonces marido de la política fundó una firma en un país centroamericano en 2001.
Margarita Nájera dice que estaba separada y se divorció un año después.
La hija, Ainoa Barajas Nájera, destacada militante de Podemos, consta como directora de la sociedad.
Alberto Magro, Diario de Mallorca (diariodemallorca.es) 11.5.2016



7 de mayo de 2016

EL FISCAL HORRACH Y MANOS LIMPIAS

A menudo hemos defendido al fiscal Sr. Horrach frente a quienes lo cuestionaban por su posición en el caso Nóos, y hemos recordado su muy estimable trayectoria en la lucha contra la corrupción.

Pero ha llegado el día en que nuestra estima por su labor en general no puede impedir una crítica por su actitud frente a “Manos Limpias”.

El Diario de Mallorca de 29 de abril de 2016 nos sorprendió con la noticia titulada “Horrach busca pruebas para expulsar a Manos Limpias. El fiscal pedirá a los juzgados de Madrid que investigan al sindicato la documentación que recoge los indicios. Quiere conocer el sistema de financiación de la acusación popular del caso Nóos” (pág. 9).

Asombro infinito. ¿Desde cuándo el papel de un fiscal en un juicio es investigar a las restantes acusaciones? Apunta una extralimitación dudosa de sus funciones, más cuando:
  1. La causa esta judicializada en Madrid, donde ya actúa el Fiscal que territorialmente corresponde, sin que el Sr. Horrach pueda inmiscuirse en una causa que le es completamente ajena.
  2. Manos Limpias en el juicio del caso Nóos está protegida por el principio de presunción de inocencia. Esto quiere decir que legalmente Manos Limpias no puede sufrir ninguna consecuencia jurídica hasta que no haya una sentencia condenatoria firme, con la única excepción de las medidas cautelares que pudieran ser adoptadas por el juez instructor en Madrid, que de momento no impiden a dicha organización continuar ejerciendo la acusación.  
Por vez primera vamos a decir alto y claro que en este punto concreto el fiscal Sr. Horrach –a quien respetamos- está perdiendo los papeles y el horizonte de sus funciones y competencias, hasta un punto jurídicamente peligroso que quien le quiera mal podría aprovechar.

No vamos a ser nosotros quienes defendamos a Manos Limpias. Desde el principio ha sido una entidad turbia, pero ha menudo ha desempeñado un papel que ha beneficiado los intereses de la derecha y hasta ahora nadie se había metido en su financiación y funcionamiento. Llama poderosamente la atención que sólo se les haya querido parar los pies cuando han acusado a Cristina de Borbón en el caso Nóos y precisamente antes de que termine la vista, y que esto haya sido utilizado para intentar expulsar a Manos Limpia del juicio y provocar así la necesaria absolución de doña Cristina, pues en Derecho español el juez no puede condenar si no hay una acusación pública, particular o popular que sostenga la petición de condena, y en este caso sólo Manos Limpia pide la condena de la hermana del rey.

También se está intentando sembrar dudas sobre los móviles de Manos Limpias para acusar a Cristina de Borbón. En Derecho español no se examina a nadie sobre sus móviles para ejercer una acusación pública o particular. En este último caso, a menudo las víctimas cuando la ejercen sólo buscan venganza, o simplemente cobrar una indemnización. Pero ello no impide que puedan ejercerla cuando sus peticiones se ajustan a Derecho. En el presente caso da igual cuáles hayan sido los móviles de Manos Limpias para acusar a Cristina de Borbón si los hechos ocurridos y la normativa aplicable permiten sustentar legítimamente una acusación. Y recordemos que esta acusación ha pasado por un doble filtro judicial porque ha sido recurrida y confirmada tanto por el Juzgado de Instrucción como por la Audiencia Provincial.

En fin, no nos vamos a doler de que se investigue a Manos Limpias, pero nos oponemos totalmente a que se le expulse del juicio del caso Nóos hasta que una resolución judicial dictada por juez competente (desde nuestro punto de vista sólo el que instruye el caso en Madrid) dicte alguna medida incompatible con la prosecución del ejercicio de acciones en el procedimiento. E invitamos al fiscal Horrach, por el aprecio que le tenemos, a ejercer en el caso Nóos las estrictas funciones que le competen, esto es, actuar eficazmente para promover la condena respecto de las personas que incluyó en su escrito de acusación. Todo lo demás sobra.




4 de mayo de 2016

Hacienda caza a 21.652 defraudadores en Balears gracias a fotografías aéreas.

Hacienda caza a 21.652 defraudadores en Balears gracias a fotografías aéreas.
Ha peinado con una avioneta 28 municipios de las Islas para descubrir construcciones no declaradas al fisco.
La Oficina del Catastro ha enviado los resultados a los municipios para que apliquen la regularización catastral.
El Ministerio continuará con este proceso en el resto de municipios de Balears que lo soliciten.
Nekane Domblás, Diario de Mallorca (diariodemallorca.es) 25.4.2016

Según esta noticia, “la tipología del fraude fiscal detectado es variada, pero la mayor parte de las infracciones, un total de 7.578, un 35 por ciento, responde a reformas y cambios de uso no declarados. Otros 5.413 (el 25 por ciento) son ampliaciones y rehabilitaciones no declaradas, mientras que 6.279 (el 29 por ciento) son nuevas construcciones que no se habían incluido en el catastro. El resto, un total de 2.382, son piscinas no declaradas".

Además "los 28 ayuntamientos supervisados han obtenido entre todos unos ingresos adicionales de más de 6 millones de euros en su conjunto.”


El PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2013-2016 es un plan de lucha contra el fraude fiscal vinculado al urbanismo ilegal.

Tiene como finalidad la incorporación al Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles urbanos y rústicos con construcción, así como de las alteraciones de sus características, en supuestos de incumplimiento de la obligación de declarar de forma completa y correcta las circunstancias determinantes de un alta o modificación catastral.

Este procedimiento se desarrollará entre 2013 y 2016 en todo el territorio nacional, excepto el País Vasco y Navarra. La determinación de los municipios afectados y el período de regularización para los mismos se establece mediante resolución de la Dirección General del Catastro publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

La iniciación del procedimiento, que es de oficio, se comunica a los interesados para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas.

Los efectos de la incorporación al Catastro, tanto de los inmuebles como de las alteraciones de su descripción catastral, se producen desde el día siguiente al del hecho, acto o negocio que origina la incorporación o modificación catastral.

La regularización de la descripción de los bienes inmuebles está sujeta a la tasa de regularización catastral, cuya cuantía es de 60 euros por cada uno de los inmuebles objeto de regularización. Esta tasa debe ser abonada por quien tenga la condición de sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el ejercicio en el que se haya iniciado el procedimiento de regularización catastral.