Hoy día los corruptos ya no tienen que eliminar
físicamente a nadie, como hacía antiguamente la Mafia. Las prácticas mafiosas
actuales son de más alto calado y más refinadas, como entendió perfectamente
Berlusconi aprovechando su poder político para reformar el Código Penal y la
legislación procesal con el fin de procurarse la impunidad en las causas en las
que se vio involucrado. Línea de actuación en cuya estela podemos ubicar la
reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal “para la agilización de la
justicia” promovida por el Gobierno del PP, que limitó la instrucción
(investigación) de las causas penales a seis meses, pudiendo prorrogarse este
plazo de modo excepcional y sólo a petición del Ministerio Fiscal.
Diversas organizaciones de jueces, alguna de
fiscales y muchos juristas clamaron contra dicha reforma, llamada a provocar la
impunidad de los implicados en importantes casos de corrupción. Y ello porque
con los medios personales y materiales actuales no se puede cumplir ese exiguo
plazo de seis meses en las causas de mayor complejidad como son precisamente
las que versan sobre la corrupción o el fraude fiscal. De este modo, con la
reforma la investigación penal no queda en manos del juez
instructor, cuya independencia está legalmente garantizada, sino del Ministerio
Fiscal, que está dotado de una estructura jerárquica y cuya cúspide, la
Fiscalía General del Estado, se haya vinculada al Gobierno por la designación
directa por el Gobierno del Fiscal General entre personas de su confianza y
línea ideológica. Por ello incluso la conservadora Asociación de Jueces y
Magistrados Francisco de Vitoria, en su comunicado de 6 de octubre de 2015,
plantea que “basta preguntarse, por poner un ejemplo citando los más
significativos casos de corrupción que salpican a la clase política: ¿se
hubiera llegado a averiguar lo que hoy conocemos sobre los hechos ocurridos y
sus responsables de los casos AVE, Astapa, Banca Catalana, Bankia. Bárcenas,
CAM, CCM, Emperador, ERE, Fabra, Faycán, Guateque, Gürtel, ITV, Malaya,
Mercasevilla, Palau o Palma Arena con la regulación de la LECrim que ahora se
introduce?. La respuesta, sin duda, es no”.
En estas estábamos cuando
resulta que nuestro magnífico e inquebrantable juez Castro en la investigación
sobre el Hospital Son Espases tropieza con indicios que le hacen pensar en una
conexión entre la adjudicación del hospital con las obras de construcción de la
sede central del PP en Madrid y ¿qué ocurre? Que transcurre el fatídico plazo
de los seis meses, tan oportuno, y el fiscal del caso, Sr. Horrach, no pide la
prórroga.
La Abogacía de la Comunidad
autónoma sí la había pedido, pero lo cierto es que la Ley de Enjuiciamiento
Criminal no contempla que las acusaciones particulares o popular la puedan
pedir, sólo la fiscalía.
¿Ven para que sirven algunas
reformas procesales a las que la gente de la calle e incluso los movimientos
sociales no prestan la más mínima atención?
De momento, un gran juez a quien siempre le ha preocupado
la verdad de las cosas, ha acordado la prórroga. Veremos si la Fiscalía recurre
a la Audiencia Provincial o no, pero muy triste sería que recurriera.