La Exposición de Motivos enmarca esta ley en el Plan de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social para el periodo 2012-2013 aprobado en el Consejo de Ministros de de 27 de abril de 2012.
Dicho Plan tiene los siguientes objetivos:
1.º Impulsar el afloramiento del empleo
irregular, con un efecto regularizador de las condiciones de trabajo y
de generación de recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social
por el pago de cotizaciones sociales.
2.º Corregir la obtención y el disfrute en fraude
de ley de las prestaciones por desempleo, particularmente en aquellos
supuestos en que se constituyen empresas ficticias para poder acceder a
aquéllas o donde se compatibiliza de manera irregular su percepción con
el trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
3.º Aflorar posibles situaciones fraudulentas,
principalmente en casos de falta de alta en la Seguridad Social de
trabajadores que efectivamente prestan servicios en las empresas, en el
acceso y la percepción de otras prestaciones del sistema de la Seguridad
Social.
4.º Combatir los supuestos de aplicación indebida
de bonificaciones o reducciones de cotizaciones empresariales a la
Seguridad Social.
Para contribuir a la consecución de tales objetivos, la presente Ley
introduce modificaciones en las normas legales vigentes en materia de
lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social. El primer artículo modifica el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/1995, de 24 de marzo, con la finalidad de posibilitar la exigencia de
responsabilidades solidarias en los supuestos de subcontratación
empresarial, mediante la ampliación del periodo de dicha exigencia que
pasa de uno a tres años. Además se introducen reformas en la Ley General de la Seguridad Social; la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, en la que se regula la obligación de
colaborar con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por parte de
las mutualidades de previsión social; la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, en materia de notificaciones por medios electrónicos, informáticos o telemáticos; la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social; y el Reglamento Hipotecario.
Por otra parte, el Gobierno se compromete a crear una Unidad especial de
colaboración y apoyo a los juzgados y tribunales y a la Fiscalía
General del Estado para la lucha contra el empleo irregular y el fraude a
la Seguridad Social, y a evaluar anualmente la eficacia y eficiencia de
todas las medidas, planes e instrumentos puestos en marcha para el
control y lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad
Social.